Respecto a la propuesta de retirar recursos del fondo de pensiones por la crisis del COVID 19
Gustavo Rodríguez Cáceres
Cochabamba, 22 de abril de 2020
Renunciar al derecho a un ingreso económico y un seguro de salud
Un fondo de pensiones, desde la perspectiva de la seguridad social, es una forma de organización colectiva –no igualitaria, pero con ciertos mecanismos de solidaridad– que garantiza a todos sus asegurados –de manera condicionada–un ingreso permanente y seguro de salud ante los riesgos de vejez, invalidez y muerte. En palabras más sencillas, puede decirse que es la garantía de un salario futuro y el acceso a un seguro de salud, con todos los beneficios que ello implica.
Por lo tanto, cuando una persona aporta al sistema de pensiones no solo acumula un capital, sino que también gana derechos[1]. En este sentido, retirar una parte del capital implicaría renunciar y/o minusvalorar esos derechos.
En concreto, en la actualidad el 64,5% de los jubilados recibe una pensión solidaria de vejez, a futuro, la tendencia es a que el 80% de los asegurados que lleguen a jubilarse recibirán ese tipo de pensión. Esto significa que el monto de pensión de la mayoría de los actuales asegurados estará conformado por una fracción que depende de su capital acumulado y por una fracción solidaria que depende del número de años aportados. Dichas personas recibirían un monto de pensión por encima al que les correspondería solo con su capital acumulado, lo que en términos financiero-actuariales es por completo conveniente, debido a que esa fracción proviene del Fondo Solidario; por ello, retirar una parte del capital, que conlleva reducir una parte de los años aportados, implicaría recibir una menor –y en algunos casos ninguna– fracción solidaria. Por este motivo, para todas las personas que se beneficiaran del régimen solidario, retirar sus aportes realizados al sistema de pensiones sería una operación financiera no conveniente.
Cabe la posibilidad de que retirar parte del capital acumulado sea conveniente para quienes no se beneficiarán del régimen solidario, pero esta posibilidad depende de la estructura familiar de los asegurados. Por ejemplo, si la diferencia de edad entre los cónyuges es mayor a 5 años, o al momento de jubilarse existen hijos menores de 15 años, el retiro sería una operación financiera inconveniente. En el otro extremo, a los únicos que convendría retirar su capital sería a los asegurados que no tienen derechohabientes y cuya longevidad está acotada.
Más allá de lo financiero, sin embargo, el valor de aportar al fondo de pensiones está en que garantiza, de forma vitalicia, un ingreso mensual y seguro de salud completo para el titular y los derechohabientes que le sobrevivan, en un momento –aquí lo importante– en que las personas ya no pueden generar sus ingresos y valerse por sí mismas. En este sentido, la propuesta de retirar el dinero del fondo de pensiones, además de financieramente inconveniente, es contraria a los principios y objetivos de la seguridad social y, en Bolivia, terminaría restringiendo más todavía el derecho humano a contar con una fuente de ingresos segura en la vejez. Lo paradójico es que quienes no tienen ningún derecho sobre los aportes de los asegurados (empresarios privados), quienes están llamados a defender los derechos de la clase obrera (Federación de Fabriles de Cochabamba) y quienes dicen defender a los asegurados y a los fondos de pensión –en línea contraria a lo que señala la matemática actuarial y el enfoque de la seguridad social– propongan justo aquello que dañaría las jubilaciones de los asegurados, impactaría en el funcionamiento del sistema de pensiones, y haría retroceder lo poco que se ha avanzado en seguridad social de largo plazo en el país.
El rol que los fondos de pensiones pueden jugar frente a la crisis del COVID 19
En la actualidad existen 2,37 millones de personas registradas en el fondo de pensiones (Tabla 1), de ellas, máximo un millón, son cotizantes efectivos, es decir, personas con empleo formal o que realizan una actividad que les permite cotizar mensualmente. El resto, 1,37 millones de asegurados son personas que –de tenerlo– no tienen empleo formal, por lo cual no contribuyen al acrecentamiento de su capital ni aumentan su número de años aportados[2].
Teniendo en cuenta esta característica, y ante el escenario económicamente crítico que plantea el Covid-19, antes que retirar recursos del fondo de pensiones, de manera excepcional se podría adelantar la edad mínima de jubilación; permitiendo así, que esas personas accedan de forma inmediata a una pensión y seguro de salud vitalicios. Debido al adelantamiento de la edad, el monto de pensión que recibirían estas personas sería más reducido en términos de la fracción del capital, lo que ocasionaría mayor presión sobre las reservas del Fondo Solidario; sin embargo, este es un asunto que puede ajustarse y resolverse financieramente.
En el segmento de los registrados que no cotizan también hay personas que cumplen la edad mínima de jubilación (58 años) pero que no cuentan con el número mínimo de aportes (120 meses) para jubilarse. Hay otras que no se jubilan porque, a fin de mejorar su monto de pensión, esperan completar su número de aportes de 12 a 15 años, de 17 a 20 años, y así sucesivamente. En todos estos casos, también con carácter excepcional, el Estado podría prestar a estos asegurados el monto suficiente para completar sus aportes, con cargo a que lo devuelvan con una parte de la pensión vitalicia que les toque.
Lo propuesto hasta aquí, permitiría a una parte significativa de los cerca de 650 mil personas mayores de 50 años que hoy están registrados en el sistema (Tabla 1) acceder inmediatamente a recursos económicos y seguro de salud; en especial a los que no gozan de un trabajo formal, de una manera más sostenibles y más conveniente que el retiro de aportes.
Otra forma en la que el sistema de pensiones puede contribuir a superar la crisis de la Covid-19, es invirtiendo parte del capital que tiene acumulado en las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYME).
En este momento, aproximadamente 13 mil millones de dólares de los 19.000 mil millones que tiene acumulado el fondo de pensiones (el 66% de su valor total) está colocado en el sistema financiero, la mayor parte de ese dinero en depósitos a plazo fijo (DPF) y, según puede deducirse de los informes de rentabilidad del fondo, a tasas de interés nominal sumamente bajas (3% anual)
En este contexto, así como los últimos años se ha regulado para que una parte importante de la cartera de los Bancos vaya a créditos de vivienda, bien podría regularse y condicionarse para que la Banca destine el dinero obtenido del fondo de pensiones a las MIPYME, en especial a los microempresarios. Además de utilizar los canales tradicionales de las instituciones financieras, también podrían canalizarse éstos dineros por medio de los municipios y/o con su garantía, es decir hibridando la gestión de los Bancos con la gestión municipal, en especial en aquellos lugares donde la presencia de los bancos es débil o inexistente.
Como es sabido, este tipo de operaciones conlleva complicaciones adicionales a los que presentan la otorgación de créditos convencionales[3], no obstante, si se trata de superar la crisis económica y apuntalar a los sectores que más empleo generan, vale la pena enfrentar estas complicaciones.
A manera de cierre
Por todo lo expuesto, en un momento en que la crisis económica generada por la Covid-19 limita la realización de actividades económicas, rompe procesos económicos y sociales, destruye empleos, y amenaza bajar la calidad de vida de todos, el sistema de pensiones –en particular en Bolivia– es un esfuerzo acumulado por los propios trabajadores para garantizar condiciones económicas y de salud mínimas para su futuro y el de su familia al que debemos cuidar en esta crisis que ha exacerbado la Covid-19. No es una tarea fácil, pero de ello depende que enfrentemos el presente sin sacrificar el futuro.
Referencias
Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros. (30 de Noviembre de 2019a). Fondos del SIP. Detalle de cartera al 30-11-2019. Obtenido de Información Estadística Pensiones. Información periódica de inversiones: https://www.aps.gob.bo/files/webdocs/DI_PENSIONES/Informacion%20Periodica%20de%20Inversiones/Inversiones%20del%20FCI/2019/Noviembre/Fondos%20del%20SIP-%20Detalle%20de%20Cartera%20al%2030-11-2019.pdf
Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros. (31 de Diciembre de 2019d). Número de asegurados registrados en la seguridad social de largo plazo. Obtenido de Información Estadística Pensiones. Fondo de Ahorro Previsional. Asegurados en el SIP: https://www.aps.gob.bo/files/webdocs/DP/Estadisticas/Operaciones%20y%20Control/Fondo%20de%20Ahorro%20Previsional/Asegurados%20en%20el%20SIP/Numero%20de%20Asegurados%20por%20AFP%20y%20Grupos%20Quincenales%20de%20Edad%20y%20Sexo/2019/Diciembre.pdf
Autoridad de Supervisión del sistema Financiero. (31 de Diciembre de 2019). Cartera por tipo de crédito. Recuperado el 17 de Abril de 2020, de Cifras del sistema financiero: https://www.asfi.gob.bo/
Banco Central de Bolivia. (02 de Enero de 2020a). Información sobre el interés que se paga por un préstamo (23 al 29 de diciembre de 2019. Obtenido de Banco Central de Bolivia. Tasas de Interés: https://www.bcb.gob.bo/webdocs/tasas_interes/Tss_ACTyPAS_020120.pdf
[1] Cuando un trabajador aporta al fondo de pensiones está protegido, en primer lugar, ante los riesgos de invalidez y muerte, razón por la cual, si una de estas fatalidades ocurre, él o su prole (cónyuge e hijos menores de 25 años) tienen derecho a cobrar una pensión que sustituya, aunque sea en parte, los ingresos generados por el trabajador; en segundo lugar, al cumplir la edad de 58 años, tiene derecho a solicitar una pensión de vejez, pensión que también puede ser reclamada por su prole, en caso de que el titular fallezca. Además, si los ingresos del trabajador están en el rango de ingresos medios para abajo, también tiene derecho a solicitar una pensión solidaria de vejez. Todos estos derechos, como es de suponer, están condicionados al número de meses aportados, a la continuidad de los mismos, al monto mensual aportado, al capital aportado, a la estructura familiar del trabajador, etc.
[2] Nuestras proyecciones sobre empleo, parciales todavía, señalan que producto de la crisis generada por Covid-19, están en riesgo entre 200 mil y 300 mil empleos formales; por lo que, pasado el problema sanitario, es posible que el número de registrados que no cotizan al fondo, se sitúe alrededor del millón y medio de personas.
[3] La experiencia de los microcréditos en el país ha demostrado que el mayor de los problemas no está en las colocaciones ni en la mora, sino en el precio del dinero; en este sentido, con seguridad, también tendrá que regularse las tasas de interés, de tal manera que sean convenientes para los prestatarios como para los fondos de pensiones.
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